sábado, 16 de marzo de 2024

La declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano: Principios básicos y su impacto

 La Declaración comienza con su propio preámbulo, que describe las características de los derechos del hombre como inalienables, naturales y sagrados. Se hace eco de la destrucción del feudalismo y de los privilegios nobiliarios por parte de la Asamblea, al tiempo que restringe la monarquía y hace hincapié en los derechos de todos los ciudadanos a participar en el proceso democrático, a través de métodos como la libertad de palabra y de expresión. La Declaración hace suya la teoría de la voluntad general expuesta por el filósofo de la Ilustración Rousseau, que postula que el Estado representa la voluntad de los ciudadanos y que las leyes no pueden aplicarse legítimamente sin el consentimiento del pueblo.

LOS ARTÍCULOS FRANCESES NO DICEN NADA SOBRE LAS OFENSAS DEL REY LUIS XVI NI SOBRE SI DEBE HABER UN REY.

Los artículos también contienen otras ideas de la Ilustración, como la separación de poderes preconizada por el barón de Montesquieu (1689-1755) y la noción de que el individuo debe ser salvaguardado contra el encarcelamiento arbitrario, un eco de Voltaire (1694-1778). La influencia de los fisiócratas, una escuela de pensamiento económico que consideraba la tierra como fuente de riqueza, también prevalece en el énfasis de la Declaración en la importancia de la propiedad.

Cabe destacar que, a diferencia de la Declaración de Independencia estadounidense, los artículos franceses no digan nada sobre las ofensas del rey Luis XVI y, de hecho, no dicen nada sobre si debe haber un rey. Sin embargo, los artículos proponen la idea de la soberanía popular como sustituto del concepto del derecho divino del rey a gobernar.

A continuación se presentan los 17 artículos:

I - Los hombres han nacido, y continúan siendo, libres e iguales en cuanto a sus derechos. Por lo tanto, las distinciones civiles sólo podrán fundarse en la utilidad pública.

II - La finalidad de todas las asociaciones políticas es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre; y esos derechos son libertad, propiedad, seguridad y resistencia a la opresión.

III - La nación es esencialmente la fuente de toda soberanía; ningún individuo ni ninguna corporación pueden ser revestidos de autoridad alguna que no emane directamente de ella.

IV - La libertad política consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, no tiene otros límites que los necesarios para garantizar a cualquier otro hombre el libre ejercicio de los mismos derechos; y estos límites solo pueden ser determinados por la ley.

V - La ley solo debe prohibir las acciones perjudiciales a la sociedad. Lo que no está prohibido por la ley no debe ser estorbado. Nadie debe verse obligado a aquello que la ley no ordena.

VI - La ley es expresión de la voluntad de la comunidad. Todos los ciudadanos tienen derecho a colaborar en su formación, sea personalmente, sea por medio de sus representantes. Debe ser igual para todos, sea para castigar o para premiar; y siendo todos iguales ante ella, todos son igualmente elegibles para todos los honores, colocaciones y empleos, conforme a sus distintas capacidades, sin ninguna otra distinción que la creada por sus virtudes y conocimientos.

VII - Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni mantenido en confinamiento excepto en los casos determinados por la ley y de acuerdo con las formas por esta prescritas. Todo aquel que promueva, solicite, ejecute o haga que sean ejecutadas órdenes arbitrarias, debe ser castigado, y todo ciudadano requerido o aprehendido por virtud de la ley debe obedecer inmediatamente, y se hace culpable si ofrece resistencia.

VIII - La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son evidentemente necesarias; y nadie debe ser castigado sino en virtud de una ley promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada.

IX - Todo hombre es considerado inocente hasta que ha sido convicto. Por lo tanto, siempre que su detención se haga indispensable, se ha de evitar por la ley cualquier rigor mayor del indispensable para asegurar su persona.

X - Ningún hombre debe ser molestado por razón de sus opiniones, ni aún por sus ideas religiosas, siempre que al manifestarlas no se causen trastornos del orden público establecido por la ley.

XI - Puesto que la comunicación sin trabas de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, teniendo en cuenta que es responsable de los abusos de esta libertad en los casos determinados por la ley.

XII - Siendo necesaria una fuerza pública para dar protección a los derechos del hombre y del ciudadano, se constituirá esta fuerza en beneficio de la comunidad, y no para el provecho particular de las personas por quienes está constituida.

XIII - Siendo necesaria, para sostener la fuerza pública y subvenir a los demás gastos del gobierno, una contribución común, esta debe ser distribuida equitativamente entre los miembros de la comunidad, de acuerdo con sus facultades.

XIV - Todo ciudadano tiene derecho, ya por sí mismo o por su representante, a emitir voto libremente para determinar la necesidad de las contribuciones públicas, su adjudicación y su cuantía, modo de amillaramiento y duración.

XV - Toda comunidad tiene derecho a pedir a todos sus agentes cuentas de su conducta.

XVI - Toda comunidad en la que no esté estipulada la separación de poderes y la seguridad de derechos necesita una Constitución.

XVII - Siendo inviolable y sagrado el derecho de propiedad, nadie deberá ser privado de él, excepto en los casos de necesidad pública evidente, legalmente comprobada, y en condiciones de una indemnización previa y justa.

París, 26 de agosto de 1789.

Revolución Francesa: Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano - Enciclopedia de la Historia del Mundo (worldhistory.org)


Declaration of the Rights of Man and of the Citizen, 1789


La Toma de la Bastilla: ¿Que sucedió y por qué es importante?

Toma de la Bastilla

La Batilla era una fortaleza de gran poder que dominaba todos los barrios populares que se encontraban en el es este de París. Era un símbolo de la monarquía absoluta y era una fortificación que había sido creada contra los ingleses durante la Guerra de los Cien Años, que tiempo más tarde Richelieu había convertido en una prisión. El 14 de julio de 1789, una mafia enojada de trabajadores parisinos muy agresiva atacó esta prisión estatal en el este de París. La prisión se había convertido en un símbolo del gobierno dictatorial de la monarquía, y la toma de la Bastilla se convirtió en uno de los momentos decisivos de la Revolución que siguió a este hecho.

Toma de la Bastilla
  • Cuándo fue: 14/07/1789
  • Dónde fue: París, Francia
  • ¿Qué fue la toma de la Bastilla?

La toma de la Bastilla fue un evento en el cual los trabajadores parisinos tomaros sus armas y entraron al edificio de la Bastilla. Es considerado como el primer paso hacia la Revolución francesa, ya que continuó hasta asesinar al rey Luis XVI y a su familia a la guillotina.


Revolución

¿Que fue la Revolución Francesa?


La Revolución Francesa fue un periodo tumultuoso en la historia de Francia que ocurrió entre 1789 y 1799. Fue un acontecimiento crucial que marcó el fin del absolutismo monárquico en Francia y sentó las bases para la modernidad política al introducir principios como la soberanía popular, los derechos humanos y la separación de poderes.

La revolución fue impulsada por una combinación de factores socioeconómicos, políticos e intelectuales, incluida la creciente desigualdad económica, los altos impuestos, la mala gestión financiera de la monarquía, la influencia de la Ilustración y el descontento generalizado entre la población, especialmente entre la clase baja y la burguesía.


Comenzó con la convocatoria de los Estados Generales en 1789, donde los representantes del Tercer Estado (la burguesía y el pueblo llano) se rebelaron contra el sistema de privilegios del Antiguo Régimen y formaron la Asamblea Nacional Constituyente. La toma de la Bastilla el 14 de julio de 1789 se convirtió en un símbolo de la revolución y marcó el inicio de la caída del régimen monárquico.


Durante el periodo revolucionario, Francia experimentó una serie de cambios radicales, incluida la abolición de los privilegios feudales y la monarquía absoluta, la promulgación de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, y la implementación de reformas sociales y políticas, como la división administrativa en departamentos y la creación de un sistema legal más igualitario.


Sin embargo, la revolución también estuvo marcada por la violencia y la inestabilidad, con episodios como el Reinado del Terror, liderado por el Comité de Salvación Pública y dirigido por figuras como Maximilien Robespierre, que resultó en miles de ejecuciones, incluida la del rey Luis XVI y la reina María Antonieta. 




Los tres estados de la Revolución Francesa

 El Clero: Este estado estaba compuesto por los miembros del clero de la Iglesia Católica, que poseían una gran cantidad de tierras y riquezas. A menudo gozaban de privilegios especiales, como la exención de impuestos.


La Nobleza: La nobleza era otro estado privilegiado que incluía a la aristocracia terrateniente. Poseían gran parte de las tierras y tenían derechos y privilegios especiales, como exenciones fiscales y acceso a puestos importantes en el gobierno y el ejército.


El Tercer Estado: El Tercer Estado comprendía a la mayoría de la población, incluidos los burgueses, campesinos y trabajadores urbanos. A pesar de ser la mayoría, tenían pocos derechos políticos y económicos y estaban sujetos a impuestos injustos y cargas financieras.


La importancia de estos estados radica en que la creciente insatisfacción del Tercer Estado con la injusticia y la opresión sufridas a manos del clero y la nobleza condujo a la agitación social y política que finalmente desencadenó la Revolución Francesa en 1789. El Tercer Estado buscaba un cambio en el sistema político y social, incluida una mayor representación política y la eliminación de los privilegios injustos de los otros dos estados.




Cocina durante la Revolucion Francesa: ¿Qué comían y como cambiaron los hábitos alimenticios?

La gastronomía francesa hunde sus raíces en la Edad Media, la época en la que destacaban los grandes banquetes, el comienzo de la repostería y el uso de las especias. Los franceses tenían el gran deseo de presentar cada vez más platos originales y espectaculares y evitar la monotonía de las materias primas disponibles, por lo que las veladas francesas pasarían a constar de entre tres y doce platos. En estos banquetes, los platos se servían al mismo tiempo y se comían con las manos, en los que primaban las carnes acompañadas de salsas y del “issue de table”, que con el tiempo ha dado paso al concepto actual de postre.





  El arte de la Revolucion Francesa: ¿Cómo reflejaba los cambios sociales y políticos?


http://elarteenlosconflictossociales.blogspot.com › 2013/12

La revolución fue uno de los conflictos sociales y políticos que produjeron más transformaciones. Supuso una ruptura con el Antiguo Régimen basado en un sistema prácticamente feudal en el que la mayoría de la población vivía de las rentas del campo mientras que una minoría de aristócratas poseía la riqueza y monopolizaban aspectos como el arte y la cultura. El verdadero mundo rural no se solía expresar directamente en el arte 

¿Cómo reflejaba los cambios sociales y políticos? El arte hace parte de dichas continuidades y transformaciones, el arte narra las tensiones que se encuentran en medio. El arte fue uno de los mecanismos más importantes para comunicar las ideas políticas que, entonces, estaban y están todavía hoy en continua transformación.



LA MODA DURANTE LA REVOLUCIÓN FRANCESA

La indumentaria de los ciudadanos en tiempos  de la revolución  consistía en un redingote -una especie de casaca, de algodón y lino tejido a rayas tricolores; un chaleco de rayas y calzones (en la imagen de satén negro). Las medias también tricolores y zapatos negros con hebillas sencillas.

En el caso del primero se trató de alguien que quería utilizar  camisas de seda, pantalones de algodón resistente, botas vaqueras de media pantorrilla, corbata de punta cuadrada, carrilleras de balas a la cintura y sombreros texanos , sobre todo de la marca norteamericana Stetson. 





La declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano: Principios básicos y su impacto

  La Declaración comienza con su propio preámbulo, que describe las características de los derechos del hombre como inalienables, naturales ...